Plazo para que Abinader promulgue nuevo Código Penal vence el 10 de agosto

El presidente Luis Abinader tiene hasta el domingo 10 de agosto para promulgar u observar el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso Nacional. De no hacerlo en ese plazo, la ley será publicada automáticamente, conforme a lo establecido en la Constitución.

Este viernes, el presidente del SenadoRicardo de los Santos, y la secretaria del bufete directivo, Lía Díaz, firmaron el proyecto y lo remitieron al Poder Ejecutivo, iniciando el conteo de los diez días hábiles para su promulgación.

Según el artículo 101 de la Constitución, el Poder Ejecutivo dispone de diez días para promulgar una ley enviada por el Congreso. Si en ese período no es observada ni validada, se considera automáticamente promulgada y será publicada como ley por el presidente del Senado.

El artículo 102 también permite que el presidente devuelva la ley con observaciones dentro del mismo plazo. En ese escenario, el Congreso tendría la última palabra sobre si acoge los cambios sugeridos o insiste en el texto aprobado.

La actual legislatura extraordinaria, que permitió que el código se apruebe, tiene vigencia hasta el martes 5 de agosto, es decir, cinco días después de que el Senado remitiera el proyecto al Poder Ejecutivo.

Sin embargo, si aun cuando cierre la legislatura extraordinaria Abinader no ha promulgado ni observado el proyecto, la legislatura queda automáticamente vigente y extendida hasta que se resuelva el tema, según lo que dispone el artículo 106 de la Constitución.